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Qué mirar en tu carta de despido

La carta es el documento que decide casi todo, y se lee en cinco minutos. Estos son los siete puntos, en el orden en que conviene mirarlos.

Carta de despidoPlazoImprocedenciaRevisado el

Los siete puntos

  1. La fecha de efectos. Desde ella se cuenta el plazo para impugnar, y no siempre coincide con el día en que te dieron el papel.
  2. Qué tipo de despido es. ¿Dice «objetivo», «disciplinario», «causas organizativas»? De esa palabra dependen los días por año: 20, 0 o 33.
  3. La causa concreta. El artículo 55.1 exige que la carta exprese los hechos que motivan el despido. Una carta que dice «causas organizativas» sin explicar cuáles, o que imputa un incumplimiento sin decir qué pasó ni cuándo, es una carta débil.
  4. La antigüedad que te reconocen. Compárala con tu primer contrato, no con el último. Si vienes de temporales encadenados o de una subrogación, la fecha buena puede ser muy anterior.
  5. El salario que han usado. ¿Es el bruto con pagas extra? ¿Han contado comisiones, bonus y retribución en especie? Qué entra en el salario regulador.
  6. El importe ofrecido y su desglose. Ponlo en la calculadora con tus fechas y tu salario. Si no cuadra, hay algo que discutir.
  7. Si la indemnización está puesta a tu disposición. En un despido objetivo hay que entregarla a la vez que la carta. Que no lo esté es uno de los motivos más frecuentes de improcedencia.

Arts. 53.1 y 55.1 del Estatuto de los Trabajadores.

El reloj ya está corriendo

El plazo es de 20 días hábiles, y es de caducidad

El artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores da veinte días hábiles para impugnar un despido. No es un plazo de prescripción que se pueda interrumpir con una reclamación cualquiera: es de caducidad. Cuando pasa, la acción se pierde y ya no se recupera, aunque el despido fuera clarísimamente improcedente.

Desde qué día exacto empieza a contar y qué días no cuentan depende de tu caso y de cómo te comunicaron el despido. No lo dejes para averiguarlo: pregúntalo esta misma semana.

Lo que conviene no hacer todavía

  • Firmar el finiquito sin haberlo leído entero. Es la decisión con más consecuencias de todo el proceso. Qué firmas con él.
  • Dar por buena la cifra de la carta. Comprobarla cuesta dos minutos con tus fechas y tu salario.
  • Dejarlo para más adelante. El plazo es de caducidad: cuando pasa, no hay forma de recuperarlo.

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