El salario regulador del despido
La indemnización es un número de días multiplicado por un salario diario. Discutir el salario diario suele mover más dinero que discutir los días, y casi nadie lo mira.
Qué entra
El punto de partida es el artículo 26.1 del Estatuto: es salario la totalidad de las percepciones económicas que recibe el trabajador por la prestación profesional de sus servicios, en dinero o en especie. Traducido a la nómina, entran:
- El salario base.
- Los complementos salariales: antigüedad, puesto, responsabilidad, idiomas…
- Las pagas extraordinarias, prorrateadas o no.
- Los pluses de convenio de naturaleza salarial.
- La retribución en especie: coche de empresa de uso privado, seguro médico, vivienda, tickets restaurante.
- Comisiones, incentivos y bonus, en la forma que se explica más abajo.
Qué no entra
Quedan fuera las percepciones extrasalariales: las que compensan un gasto o responden a otra cosa distinta del trabajo prestado. Típicamente dietas, plus de transporte cuando compensa un desplazamiento real, indemnizaciones por traslado o suspensión, y las prestaciones de la Seguridad Social.
Ojo con el nombre: que un concepto se llame «plus transporte» no lo convierte automáticamente en extrasalarial. Si se cobra todos los meses por igual, esté uno donde esté, sin justificar ningún gasto, hay argumentos para considerarlo salario.
Art. 26.1 y 26.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Comisiones, bonus y variables
Los conceptos variables no se cogen del último mes, porque el último mes puede ser atípico: lo habitual es tomar el promedio de lo percibido en un periodo representativo, normalmente los doce meses anteriores al despido, y prorratearlo.
Para un comercial esto cambia la cifra por completo. Si el fijo son 1.500 € y las comisiones han sido de media otros 800 €, calcular la indemnización sobre 1.500 € en lugar de sobre 2.300 € recorta el resultado un 35 %.
Cuánto mueve esto en la práctica
Un ejemplo con la calculadora de esta web, despido improcedente y 10 años de antigüedad:
- Con 1.800 € brutos al mes: 19.528,77 €.
- Con esos mismos 1.800 € más 400 € de media en variables: 23.868,49 €.
Son 4.339,73 € de diferencia por un concepto que no aparece en la carta de despido.