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Cuánto te corresponde
por tu despido

Pon tu salario y tus fechas y sale el importe al momento, con el desglose y los topes legales aplicados. Y con el tramo de 45 días por año anterior a febrero de 2012, que es el tramo donde más dinero se deja de contar.

  • Improcedente, objetivo, ERE y temporalCada uno con su artículo del Estatuto
  • Desglose por tramosVes de dónde sale cada día de indemnización
  • Comparativa de calificacionesLo que se juega si es improcedente
  • Revisión gratuita despuésUn abogado colaborador mira tu caso

Calcula tu indemnización

Gratis y sin registro

33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

El bruto, antes de retenciones.

Si en verano y Navidad cobras de más, son 14.

Añadir el finiquito (opcional)

Se pagan a salario diario y van aparte de la indemnización. El finiquito lleva además la parte proporcional de las pagas extra y los días trabajados del último mes, que dependen de tu nómina y no se pueden estimar aquí.

Ejemplo resuelto

Con 1.800 € brutos al mes en 12 pagas y 10 años de antigüedad, un despido improcedente sale a:

19.544,82

330,27 días de indemnización a 59,18 € el día.

Rellena los campos de arriba y sale tu cifra, no la del ejemplo.

Cómo está calculado: art. 56.1 ET. El salario diario sale del bruto anual (mensual × 12 pagas) entre 365, y la antigüedad se prorratea por días exactos. No incluye variables, bonus, comisiones, retribución en especie ni pluses de convenio, que suben el salario regulador y con él la indemnización.

¿Cuánto se cobra por despido? Las cifras, ya hechas

Para no tener que rellenar nada: lo que sale con los salarios y las antigüedades más habituales. Están calculadas con la misma función que la calculadora de arriba, así que no pueden desviarse de ella.

Despido improcedente — 33 días por año (art. 56.1 ET)

Despido improcedente — 33 días por año (art. 56.1 ET). Filas: salario bruto mensual. Columnas: años trabajados.
Bruto/mes1 año3 años5 años10 años20 años
1.2001.3023.9066.51013.01926.038
1.5001.6274.8828.13716.27432.548
1.8001.9535.8599.76419.52939.058
2.1002.2786.83511.39222.78445.567
2.5002.7128.13713.56227.12354.247
3.0003.2559.76416.27432.54865.096

Tope de 24 mensualidades. Con 20 años y 3.000 € al mes el tope ya recorta el resultado.

Despido objetivo o colectivo — 20 días por año (art. 53.1.b ET)

Despido objetivo o colectivo — 20 días por año (art. 53.1.b ET). Filas: salario bruto mensual. Columnas: años trabajados.
Bruto/mes1 año3 años5 años10 años20 años
1.2007892.3673.9457.89014.203
1.5009862.9594.9329.86317.753
1.8001.1843.5515.91811.83621.304
2.1001.3814.1426.90413.80824.855
2.5001.6444.9328.21916.43829.589
3.0001.9735.9189.86319.72635.507

Tope de 12 mensualidades. Es el mismo cálculo en un ERE (art. 51.4 ET).

Los supuestos de estas dos tablas, para que las cifras se puedan contrastar: pagas extra prorrateadas en 12, contrato firmado después del 12 de febrero de 2012 y antigüedad en años exactos. Si tu contrato es anterior a esa fecha te corresponden 45 días por año por el tiempo previo y las cifras suben bastante — ponlo en la calculadora y sale tu caso, con el desglose de los dos tramos.

Cómo se calcula una indemnización por despido

1

Salario diario

Bruto anual con pagas extra incluidas, entre 365. Con 1.800 € en 12 pagas son 59,18 € al día.

2

Días por año

33 en el improcedente, 20 en el objetivo y en el ERE, 12 al terminar un temporal, 0 en un disciplinario procedente.

3

Topes

24 mensualidades en el improcedente, 12 en el objetivo. El tope se aplica al final, sobre el resultado.

El detalle que cambia miles de euros: el 12 de febrero de 2012

La reforma de 2012 bajó la indemnización del despido improcedente de 45 a 33 días por año, pero no hacia atrás. Si tu contrato se firmó antes de esa fecha, el tiempo anterior se sigue pagando a 45 días por año, y el tope de 720 días puede incluso subir. Esta calculadora parte los dos tramos sola. Cómo funciona, con un ejemplo.

Que un abogado lo mire gratis

La calculadora hace bien la aritmética, pero no puede leer tu carta ni saber si tu salario regulador está completo. Eso es lo que cambia la cifra de verdad.

  1. 1
    Calculas

    Salario y fechas. Sale el importe con el desglose.

  2. 2
    Lo envías

    Con el cálculo adjunto y una franja para que te llamemos.

  3. 3
    Lo revisan

    Un abogado colaborador mira la causa, la forma y el importe.

  4. 4
    Decides tú

    Sin coste y sin compromiso. Si no quieres seguir, no sigues.

Con quién hablas. calculardespido.es no es un despacho de abogados. Recibe tu solicitud y la deriva a un abogado laboralista colaborador, que es quien presta el servicio jurídico. Preferimos decirlo así de claro antes que ponerle una foto y un nombre a alguien que no te va a atender.

Puedes enviarlo sin haber calculado nada, pero si primero haces el cálculo de arriba la revisión sale mucho más afinada.

Lo más útil: la fecha exacta del despido y qué pone la carta.

Sin coste y sin compromiso. Tú decides si sigues después. calculardespido.es no es un despacho: recibe tu solicitud y la deriva a un abogado colaborador.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde por despido improcedente?

33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un tope de 24 mensualidades (720 días). Con 1.800 € brutos al mes en 12 pagas y 10 años de antigüedad salen 19.528,77 €. Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, por el tiempo previo a esa fecha son 45 días por año y la cifra sube.

¿Y por despido objetivo o por un ERE?

20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades (360 días). El mismo caso de antes —1.800 € al mes y 10 años— se queda en 11.835,62 €. Es el mismo cálculo en el despido colectivo, y a este tipo de despido no le aplica el tramo de 45 días anterior a 2012.

¿Cómo se calcula el salario diario para la indemnización?

Se coge el salario bruto anual, incluidas las pagas extra, y se divide entre 365. Si las pagas van prorrateadas el año son 12 mensualidades; si se cobran aparte en verano y Navidad, 14. Con 1.800 € brutos en 12 pagas el día sale a 59,18 €.

Firmé el contrato antes de 2012, ¿cambia algo?

Cambia bastante. La disposición transitoria 11.ª del Estatuto de los Trabajadores manda calcular a 45 días por año el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 y a 33 el posterior. La versión anterior de esta misma web aplicaba 33 días a toda la antigüedad: en un contrato de 2005 con 2.000 € al mes y 15 años, eso dejaba fuera 5.616,24 €.

¿Qué plazo tengo para reclamar un despido?

El artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores da 20 días hábiles, y es un plazo de caducidad: cuando pasa, la acción se pierde y no se recupera. Desde qué día exacto empieza a contar depende de cómo te comunicaron el despido, así que conviene preguntarlo cuanto antes.

¿El finiquito es lo mismo que la indemnización?

No. El finiquito es lo que ya has devengado y no has cobrado: días trabajados del último mes, parte proporcional de las pagas extra y vacaciones no disfrutadas. Se paga siempre que termina un contrato. La indemnización compensa la pérdida del empleo y solo se cobra en determinados casos.

¿El cálculo de esta web es exacto?

Es orientativo. Aplica correctamente los días por año y los topes del Estatuto, pero no puede saber tu salario regulador real: comisiones, bonus, retribución en especie o pluses de convenio suben el salario diario, y con él la indemnización. Tampoco conoce reducciones de jornada, excedencias ni la antigüedad reconocida si vienes de contratos encadenados.

¿La revisión del caso es gratuita de verdad?

Sí. Envías el cálculo y tu caso, un abogado colaborador lo revisa sin coste y te dice si la cifra cambia y si hay motivos para impugnar. No hay obligación de contratar nada después. calculardespido.es no es un despacho de abogados: recibe la solicitud y la deriva al profesional colaborador.

¿Eres abogado laboralista?

Aquí llegan solicitudes de revisión de indemnización por despido de toda España. Buscamos laboralistas colegiados para colaborar como freelance, sin exclusividad y sin permanencia: tú eliges disponibilidad y volumen.

calculardespido.es actúa como plataforma de captación y derivación. El servicio jurídico lo presta el profesional colaborador.